Qué dice la ordenanza sobre los perros
Está en el artículo 11, «Animales», de la ordenanza publicada en el BON nº 148 (25/06/2021). El gestor lo resume en su página de normativa de uso turístico.
- Animales de compañía: solo se permiten sujetos y controlados en todo momento por sus propietarios. Quien deba tener documentación sanitaria (en los casos en que sea obligatoria) tiene que llevarla y mostrarla si se la piden.
- Perros: «correctamente identificados» y sujetos a una persona responsable con «correa resistente o cadena con longitud máxima de 3 metros».
- Edificios: queda prohibida la entrada de animales en todos los edificios del parque, aunque vayan con personas responsables.
- Molestias: no pueden molestar a las personas ni al ganado, la flora o la fauna silvestres.
- Perros peligrosos: los que hayan causado agresiones o cuya peligrosidad sea razonablemente previsible llevan bozal y se consideran animales potencialmente peligrosos, sea cual sea su raza.
- Perros-guía: acompañando a personas con discapacidad visual, estas limitaciones no se aplican.
- Otras prohibiciones: abandonar animales, vivos o muertos, y usar perros para arrastrar vehículos (carnicross, bikejöring), salvo en zonas habilitadas o con autorización.
Cómo se traduce en una visita
- Pistas, senderos y coche. El artículo 11 no distingue entre pistas, senderos o vehículos: la regla es la misma en todo el parque. Mira Rutas a pie y Bardenas Reales en coche.
- Centro de información y otros edificios. No entran animales. El texto no define qué edificios cuentan; si vas a entrar al centro, pregunta antes y organiza quién espera fuera.
- Cortes y ZEPA. Los cierres por batida o por la ZEPA se aplican a todos los visitantes. Comprueba el día en ¿Puedo ir hoy? y en los avisos del parque. Los avisos que hemos leído no tratan de perros.
- Calor y agua. No es una norma, es una sugerencia nuestra: el gestor describe veranos cálidos y viento frecuente, y en los circuitos no hay sombra. Lleva agua también para el perro. Clima en Cuándo visitar.
Perros de caza y de pastoreo
El artículo 11.7 dice que las limitaciones sobre los perros no se aplican con ocasión del uso tradicional de la caza durante la temporada cinegética ni con el uso ganadero, y que en esos casos rige la normativa y ordenanza específicas. En la práctica, puedes cruzarte con perros de trabajo que no van con correa. Eso no te exime a ti: tu perro sigue sujeto y no puede molestar al ganado ni a la fauna.
Qué pasa si no se cumple
La ordenanza no fija una multa propia para los perros. Su artículo 57.i considera infracción leve, en general, los usos prohibidos o contrarios a la ordenanza que no estén calificados como más graves, y el artículo 61 sanciona las leves con multa de hasta 6.010 euros. Es nuestra lectura del texto, no una tarifa oficial: la calificación y la sanción las decide el órgano competente.
Lo que el texto no dice
- Qué método de identificación vale (el texto dice «correctamente identificados»).
- Qué documentación sanitaria concreta hay que llevar, más allá de «la legislación estatal y foral vigente».
- Qué edificios, además del centro de información, cuentan como «edificios del parque».
Para estos puntos, llama al parque: +34 948 830 308 · [email protected].
Dormir con perro
Dormir en el parque no está permitido; la noche se pasa fuera. Qué preguntar antes de reservar: si admiten perros, cuántos, el suplemento y las condiciones. El Balcón del Moncayo, en Fustiñana, es la casa de este proyecto (misma titularidad que Vive Bardenas) e indica «mascotas admitidas» sin más detalle: ficha de la casa. El cartel de servicios del área de autocaravanas de Arguedas también menciona mascotas, sin detallar: autocaravana. Más opciones en Dónde dormir.
Preguntas frecuentes
¿Puede ir suelto mi perro?
No. Debe ir sujeto a una persona responsable con correa resistente o cadena de 3 m como máximo.
¿Puede entrar al centro de información?
No: la ordenanza prohíbe la entrada de animales en todos los edificios del parque. Excepción: perros-guía de personas con discapacidad visual.
¿Hay multa si lo llevo suelto?
La ordenanza no fija una multa específica para perros. Las infracciones leves se sancionan con hasta 6.010 euros; qué se aplica lo decide el órgano competente.
¿Tengo que llevar documentación del perro?
El texto dice que, en los casos en que sea obligatoria, hay que llevar y exhibir la documentación sanitaria actualizada. Cuáles son esos casos lo marca la legislación estatal y foral; confírmalo con el parque.
Fuentes oficiales
Las instrucciones del parque y la señalización sobre el terreno tienen prioridad sobre esta guía.

